Leyes sobre subastas
¿Qué dice la ley en España sobre subastas y sitios que organizan subastas?
"Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del comercio minorista.
Artículo 58. Oferta de venta en subasta.
1. La oferta de venta en subasta deberá contener una descripción veraz de los objetos que salen a la misma, con identificación de si sus calidades son ciertas o, simplemente, supuestas o adveradas por determinado experto.
2. En especial, cuando, en salas especializadas en objetos de arte o de valor, se oferte la venta en subasta de una imitación o de un artículo que, aunque aparentemente precioso, no lo sea en realidad, deberá hacerse constar, expresamente, esta circunstancia tanto en los anuncios como en las invitaciones en las pujas.
Cuando se oferte la venta en subasta de un objeto acompañado del nombre o de las iniciales de un determinado autor o precisando que aparece firmado por el mismo, se considerará que se vende como original de dicho autor, a menos que consten con claridad las oportunas advertencias.
3. Lo dispuesto en el apartado 2 del presente artículo será también de aplicación a las ventas de objetos preciosos o artísticos que se oferten al público en forma distinta a la subasta.
Artículo 61. Efectos de la venta en subasta.
1. La adquisición de bienes muebles mediante una venta en pública subasta de acuerdo con lo previsto en la presente Ley determinará su irreivindicabilidad en la forma establecida en el artículo 85 del Código de Comercio.
2. La empresa subastadora responderá solidariamente con el titular del bien subastado por la falta de conformidad de éste con el anuncio de la subasta, así como por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, cuando hubiese incumplido las obligaciones de información que le impone el artículo 58 de la presente Ley."
Resumiendo: El sitio de las subastas debe ser responsable de que las cosas que se vendan en él sean auténticas (o no falsas), y en caso de estafa o incumplimiento, deben hacerse responsable de la transacción no finalizada, devolviendo lo pagado, e indemnizando si procediera.
Enlaces interesantes: Ebay denunciada en Francia (tienen una ley de subastas parecida a la nuestra)
"Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del comercio minorista.
Artículo 58. Oferta de venta en subasta.
1. La oferta de venta en subasta deberá contener una descripción veraz de los objetos que salen a la misma, con identificación de si sus calidades son ciertas o, simplemente, supuestas o adveradas por determinado experto.
2. En especial, cuando, en salas especializadas en objetos de arte o de valor, se oferte la venta en subasta de una imitación o de un artículo que, aunque aparentemente precioso, no lo sea en realidad, deberá hacerse constar, expresamente, esta circunstancia tanto en los anuncios como en las invitaciones en las pujas.
Cuando se oferte la venta en subasta de un objeto acompañado del nombre o de las iniciales de un determinado autor o precisando que aparece firmado por el mismo, se considerará que se vende como original de dicho autor, a menos que consten con claridad las oportunas advertencias.
3. Lo dispuesto en el apartado 2 del presente artículo será también de aplicación a las ventas de objetos preciosos o artísticos que se oferten al público en forma distinta a la subasta.
Artículo 61. Efectos de la venta en subasta.
1. La adquisición de bienes muebles mediante una venta en pública subasta de acuerdo con lo previsto en la presente Ley determinará su irreivindicabilidad en la forma establecida en el artículo 85 del Código de Comercio.
2. La empresa subastadora responderá solidariamente con el titular del bien subastado por la falta de conformidad de éste con el anuncio de la subasta, así como por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, cuando hubiese incumplido las obligaciones de información que le impone el artículo 58 de la presente Ley."
Resumiendo: El sitio de las subastas debe ser responsable de que las cosas que se vendan en él sean auténticas (o no falsas), y en caso de estafa o incumplimiento, deben hacerse responsable de la transacción no finalizada, devolviendo lo pagado, e indemnizando si procediera.
Y ello lleva a la siguiente conclusión. Si compras y no te envían nada, o si te estafan, cuando vayas a la policía debes denunciar al estafador y a Ebay. Sobre todo, hay que denunciar a eBay, ya que le has pagado por un servicio que no te ha prestado (asegurar una transacción y la veracidad de los pujadores).
Tenlo siempre en cuenta.
Tenlo siempre en cuenta.
Enlaces interesantes: Ebay denunciada en Francia (tienen una ley de subastas parecida a la nuestra)
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